SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2018-S2

Fecha: 23-Oct-2018

1)

Carlos Vallejo Flores, Juez Público de la Niñez y Adolescencia Segundo de la Capital del departamento de Oruro, mediante informe presentado el 6 de septiembre de 2018, cursante a fs. 19 y vta., refirió que: 1) Señaló audiencia de lectura de la sentencia íntegra para el 3 de septiembre de 2018, siendo que mediante Acuerdo de Sala Plena 107/18 de la misma fecha, fue declarado en comisión de estudios los días 5 y 6 de septiembre del citado año; por lo que, legalmente comunicado con dicha resolución en la que no se establecía suplencia legal, difirió la lectura de la referida Sentencia para el día 14 de septiembre de 2018; 2) Existe una causa plenamente justificada para obrar de dicha manera, ya que fue declarado en comisión sin suplencia alguna y ante las recargadas labores de su despacho, considerando la jurisdicción especial de niñez y adolescencia que tiene procesos comunes, señaló día y hora de una nueva audiencia; 3) La defensa del acusado dilató la tramitación del proceso por su inconcurrencia a los actuados convocados, determinando continuas suspensiones, quedando sorprendido por la posición desleal adoptada ante la verdad de los hechos y la acusación que realiza la parte accionante siendo la que incurre en actos dilatorios debido al diferimiento dispuesto y que se encuentra plenamente justificado, al ser materialmente imposible estar presente en el acto procesal; y, 4) Si el accionante pretende que sea el juez suplente quien de lectura a la sentencia, se estaría vulnerando el derecho al debido proceso en su elemento de juez natural, derecho al que todo ciudadano se encuentra sometido, debiendo ser juzgado y sentenciado por la misma autoridad que conoció, sustanció y resolvió la causa, y no otra; por todo lo desarrollado solicitó que se deniegue la tutela impetrada.