SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2018-S2
Fecha: 23-Oct-2018
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 229/2018 de 7 de septiembre, cursante de fs. 23 a 25, denegó la tutela solicitada en mérito a los siguientes fundamentos: i) Ante la negativa de los Fiscales de Materia, de la proposición de las diligencias, la accionante no objetó el rechazo a su petición para que se pronuncie el superior jerárquico; y, ii) Si bien la impetrante de tutela, acudió a la autoridad judicial, respecto a la solicitud de requerimientos; dicho Juez, ordenó informe al Fiscal de Materia; empero, hasta el presente no se pronunció; es decir, no se tiene una respuesta afirmativa o negativa, lo que hace entrever que la solicitante de tutela, no agotó los medios intraprocesales para corregir la presunta lesión, por lo que la acción de libertad, no puede suplir los medios de la jurisdicción ordinaria, siendo inviable la apertura de la jurisdicción constitucional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. De la subsidiariedad excepcional
- Fragmento 11
- 30 de julio de 2018
- 16 de agosto de 2018
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,