SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2018-S2
Fecha: 23-Oct-2018
II.3.
II.3. Por memorial presentado 16 de agosto de 2018, la impetrante de tutela, solicitó al Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, control jurisdiccional de la investigación, presuntamente porque su “solicitud no es atendida por más que la misma ha sido reiterada por segunda vez” (sic), mereciendo la providencia de 17 de agosto de 2018, por el Juez de la causa; mediante el cual, ordenó al Fiscal de Materia que informe en el término de veinticuatro horas, con notificación a la Fiscalía de El Alto el 27 de agosto de 2018; en esa comprensión, Roger Rosas Iglesias, Fiscal de Materia el 28 del mismo mes y año, presentó a la autoridad judicial informe, expresando que los memoriales cuentan con la correspondiente providencia fiscal (fs. 12 a 13).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. De la subsidiariedad excepcional
- Fragmento 11
- 30 de julio de 2018
- 16 de agosto de 2018
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,