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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0691/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0691/2018-S3

    Fecha: 30-Oct-2018

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • Fragmento 3
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.15.
    • Fragmento 11
    • cuando se demuestre que esas vulneraciones originaron y afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad
    • cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso
    • a)
    • Téngase por presentada la imputación formal formulada por los Sres. Representante del Ministerio Publico
    • 1)

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