SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2018-S3

Fecha: 10-Oct-2018

1)

Blanca Carolina Chamón Calvimontes, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante informe escrito presentado el 27 de julio de 2018, cursante de fs. 46 a 47, expresó que: 1) El 24 de igual mes y año, ingresó a su despacho el expediente remitido por el Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de San Lorenzo del departamento aludido, revisado el mismo se evidenció que el acta estaba incompleta y no constaba la apelación incidental formulada por la accionante; 2) Inmediatamente se observó y se dispuso la devolución de antecedentes, ya que era necesario que se subsane esa omisión para poder resolver posibles agravios; 3) No es evidente que se hubiera provocado retardación en el procedimiento porque “hasta la fecha” no se remitió el proceso referido ni se subsanó lo observado; y, 4) No se puede señalar audiencia si el expediente no se encontraba físicamente en el despacho, además el proceso tampoco cuenta con control jurisdiccional del despacho de la Jueza de la causa.