SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2018-S4
Fecha: 30-Oct-2018
Sobre el rechazo in limine del recurso de apelación formulado contra la providencia pronunciada por el Juez inferior [inciso c)]
En relación a la emisión del Auto Interlocutorio 01/2018 que emitieron los Vocales demandados, a través del cual rechazaron in limine el recurso de apelación incidental promovido por el accionante contra la providencia de 16 de mayo del 2018, expedido por el Juez codemandado (Conclusión II.4), no se advierte lesión al derecho al debido proceso vinculado a la libertad del accionante, en razón a que el art. 403 del CPP, que determina expresamente las actuaciones y pronunciamientos judiciales susceptibles de impugnación, no prevé la posibilidad interponer apelación incidental contra un decreto o una providencia.
En mérito a ello, la actuación de los Vocales demandados al rechazar sin más trámite, la impugnación de alzada que el accionante interpuso contra una providencia simple emitida por el Juez de la causa, de modo alguno se configura en una lesión de su derecho al debido proceso, íntimamente vinculado a su derecho a la libertad, correspondiendo, por ende, denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La acción de libertad y la subsidiariedad aplicable de manera excepcional
- III.2. Juez de instrucción penal, encargado del control de la investigación: Aprehensión ilegal o indebida
- Sobre el rechazo in limine del recurso de apelación formulado contra la providencia pronunciada por el Juez inferior [inciso c)]
- En relación a la omisión de control jurisdiccional sobre la aprehensión fiscal que sufrió el accionante [inciso b)]
- En relación a la falta de fundamentación del mandamiento de aprehensión [inciso a)]
- CONFIRMAR