Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2018-S4
Fecha: 30-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, alega la vulneración de sus derechos la libertad, al debido proceso, a la defensa y a la igualdad de oportunidades, debido a que mediante Resolución 391/2018 de 16 de agosto, la autoridad demandada declaró su rebeldía por inasistencia a una audiencia de consideración de medidas cautelares, no obstante de justificar su ausencia a dicho acto procesal en mérito a su delicado estado de salud, el mismo que acreditó a través de certificado médico presentado por su abogado antes del verificativo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcance de la declaratoria de rebeldía
- es decir, efectivizando la celeridad de todos los actos procesales dentro del proceso penal, por ello se emite como una de las medidas el mandamiento de aprehensión, que permita asegurar su presencia; sin embargo, esta medida es momentánea y cesa también cuando el rebelde se apersona voluntariamente ante el juez de la causa.
- En consecuencia, el rebelde puede apersonarse ante la autoridad jurisdiccional que así lo declaró, justificando su inasistencia al actuado respectivo, solicitando su revocatoria, tal cual establece el art. 91 del CPP.
- III.2.
- CONFIRMAR