SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2018-S3

Fecha: 29-Oct-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra a instancia del Ministerio Público por la presunta comisión del delito de incumplimiento de contrato, sancionado en el art. 222 del Código Penal (CP); se lo investigó en calidad de gestor de una sociedad accidental, siendo que la representante fuere Fabiana Guzmán Falcón; en ese contexto, fue detenido preventivamente el 25 de julio de 2017, arguyeron que encontraron la existencia de indicios de probabilidad de autoría y de peligros procesales; posteriormente, ante esa situación solicitó cesación a su detención preventiva, misma que fue resuelta mediante Auto Interlocutorio de 7 de junio de 2018, donde se dispuso a su favor la aplicación de medidas sustitutivas; decisión que fue apelada incidentalmente y siendo resuelta por el Auto de Vista 96/2018 de 5 de julio, se revocó las medidas sustitutivas determinadas, sin una debida motivación y fundamentación respecto a la valoración de los nuevos elementos de prueba, y mantuvieron subsistente el peligro procesal efectivo para la víctima y la sociedad, con los mismos argumentos por los cuales fue activado en audiencia de medidas cautelares, vulneraron los principios de razonabilidad y equidad por su conducta omisiva, al haber sostenido las autoridades demandadas este peligro procesal transgredieron su derecho a la presunción de inocencia toda vez que sin que exista sentencia condenatoria ejecutoriada en su contra lo constituyeron en un peligro para la víctima y la sociedad.