Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2018-S3
Fecha: 12-Oct-2018
a)
Solicitó se conceda la tutela, ordenando: a) Al Juez de Ejecución Penal Segundo del departamento de Santa Cruz, le otorgue el perdón del ofendido al evidenciarse que el peritaje indica que la firma de la víctima y acusador particular es auténtica; y, b) Se remita fotocopias legalizadas del peritaje al Juez referido, el mismo que hizo llegar a la Fiscalía Corporativa de Delitos Patrimoniales Cuatro, para que emita el mandamiento de libertad en su favor.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.
- Fragmento 10
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR