Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2018-S3
Fecha: 12-Oct-2018
III.2. Análisis del caso concreto
De lo referido y de los antecedentes cursantes en obrados, se tiene que el accionante se encuentra cumpliendo una Sentencia condenatoria por la comisión del delito de estafa; dentro de ese proceso fenecido, solicitó la aplicación del perdón del ofendido que fue declarado por no presentado por el Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de Santa Cruz, en razón a que la víctima o acusador particular negó haber firmado el memorial de la solicitud precitada y el convenio transaccional, luego no consideró la existencia del dictamen pericial de 14 de agosto de 2018, que refiere que las firmas son auténticas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.
- Fragmento 10
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR