SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2018-S3

Fecha: 29-Oct-2018

1)

Gonzalo Josué Condori Choque, Secretario General, Juan Flores Trujillano, Secretario de Justicia, Roberto Espinoza Massi y León Flores Trujillano, ex y actuales dirigentes de la Comunidad Vilaroca y Rosario de Luribay de la provincia José Ramón Loayza del departamento de La Paz, en audiencia señalaron que: 1) La impetrante de tutela, no está registrada en la comunidad, sino, su hijo David Brañez Rivera, por ese motivo la notificación fue a su nombre; 2) No se cortó el agua de riego, solo se emitió una advertencia por falta de cancelación de la multa, tras el pago que realizó el afiliado se levantó la notificación; 3) Existen dos caminos hacia su vivienda y sus terrenos, el camino “ramal” al que hace referencia se encuentra cerca de un “barranco” y área verde, a consecuencia de la lluvia y los trabajos que realizan en la parte superior se produjo el derrumbe ocasionando daños; 4) Sus productos para comercializar lo sacaban por el camino troncal, es falso que no tendría acceso a la vía;y, 5) La peticionante de tutela no tiene derecho al terreno de recuperación que menciona, porque fue vendido hace años atrás, esos espacios son distribuidos a las personas que cumplen cargos sindicales de acuerdo a los usos y costumbres.