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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2018-S3

    Fecha: 29-Oct-2018

    II.1.

    II.1.    Mediante Folio Real Computarizado 2.09.1.01.0000100, Asiento A-2 de Titularidad de Derecho Propietario, se evidencia que la accionante Julia Sara Rivera de Brañez -accionante-, figura como propietaria a título de compra venta de un terreno situado en el cantón Vilaroca y Rosario del municipio de Luribay, provincia José Ramón Loayza del departamento de La Paz, emergente de la Escritura Pública 256/2004 de 4 de octubre (fs. 13 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • III.1   La flexibilización del principio de subsidiariedad en caso de vías o medidas de hecho en la acción de amparo constitucional
    • III.3.  Marco normativo que protege a las personas adultas mayores y el derecho a una vejez digna
    • Fragmento 17
    • Fragmento 18
    • III. 3. Activación de la acción de amparo constitucional ante medidas de hecho.
    • III.4.  Análisis del caso en concreto
    • REVOCAR en parte
    • CORRESPONDE A LA SCP 0846/2018-S3 (viene de la pág. 10).
    • 2°

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