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    AUTO CONSTITUCIONAL 0456/2018-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0456/2018-RCA

    Fecha: 21-Nov-2018

    I.2.  Disposiciones incumplidas

    Consideran que no se acató a la Resolución 279/88 de 3 de mayo de 1988, emitida por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz, aprobada por el AS 156/88 de 28 de junio, dentro del recurso -ahora acción- de amparo constitucional interpuesto por los Secretarios General y Ejecutivo del MNRI contra la extinta Corte Nacional Electoral.

    • Fragmento 1
    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
    • I.2.  Disposiciones incumplidas
    • improcedente
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • 3.
    • las acciones constitucionales no son el medio o la vía idónea para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares de amparo constitucional
    • no es posible interponer una acción tutelar para exigir el cumplimiento de un fallo pronunciado en otra acción tutelar
    • las acciones constitucionales -también entendida como una acción tutelar ([1])- no son la vía idónea para solicitar el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de una acción de amparo constitucional,
    • II.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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