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    AUTO CONSTITUCIONAL 0457/2018-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0457/2018-RCA

    Fecha: 21-Nov-2018

    Fragmento 10

            En el presente caso, la Jueza de garantías señaló que la accionante no expuso de forma clara el nexo entre los hechos y derechos supuestamente lesionados; pues, no realizó una correcta identificación de cuál es la resolución o procedimiento que es atentatorio a sus derechos y que sea conducente a su petitorio; tampoco indicó dónde se encuentran los actos u omisiones ilegales.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • así como realizar en cobro retroactivo por la DIFERENCIA de tasa de INTERES de VIVIENDA SOCIAL y la tasa de INTERES de VIVIENDA desde la fecha del desembolso
    • I.2.
    • I.4. Resolución de la Jueza de garantías
    • improcedencia
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • La Acción de Amparo Constitucional
    • al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
    • Fragmento 10
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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