AUTO CONSTITUCIONAL 0457/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0457/2018-RCA

Fecha: 21-Nov-2018

improcedencia

La citada Jueza de garantías, mediante Resolución 21 de 26 de octubre de 2018, cursante de fs. 74 a 75, declaró la improcedencia de la acción            de amparo constitucional, señalando que: a) Se evidenció que “…la accionante no cumplió lo observado, respecto a relacionar los derechos que manifiesta ser vulnerados (…), asimismo, no es clara su petición, toda vez que los jueces Garantista no es un medio de impugnación para REVOCAR resoluciones” (sic); puesto que, no fue clara la actuación supuestamente vulnerada, tomando en cuenta que existen instancias para impugnar dicha actuación, no siendo este el medio para verificar las mismas; por lo que, no se cumplió con los principios de inmediatez ni subsidiariedad; b) Tampoco adjuntó la notificación con el Auto 309 de 21 de diciembre de 2017, para verificar si se encuentra dentro de término; asimismo, se constata que en el referido “Juzgado”, está pendiente un recurso de nulidad de impugnación de cláusula de contrato y otra de nulidad de notificación; consiguientemente, no se observó la subsidiariedad, además que esta vía no es un medio casacional o de impugnación; y, c) No corresponde a la jurisdicción constitucional juzgar el criterio jurídico de los demás tribunales, pues ello sería un actuar invasivo de otras jurisdicciones.