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    AUTO CONSTITUCIONAL 0462/2018-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0462/2018-RCA

    Fecha: 28-Nov-2018

    2°

    2°  Disponer que el Juez de garantías otorgue a la accionante previa notificación, el plazo de tres días para subsanar el incumplimiento de la previsión del art. 33.1, 2, 4 y 5 del Código Procesal Constitucional; una vez cumplido dicho término o habiéndose subsanado lo observado, determinar lo que corresponda en derecho.

    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • Fragmento 2
    • improcedencia
    • i)
    • La Acción de Amparo Constitucional
    • II.2.  Sobre la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
    • que especifique y detalle con claridad el daño o quebrantamiento a sus derechos fundamentales y la relación causal directa con el acto o resolución impugnada, pues de no ser claros y precisos estos elementos, o cuando no se compruebe que tales actos han afectado directamente sus derechos, la acción de amparo corresponderá ser denegada
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • tendrá legitimación activa quien sea titular de uno de los derechos fundamentales o garantías constitucionales
    • 2°

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