ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0761/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0761/2018-S2

Fecha: 08-Nov-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público y Emilio Sánchez Abasto y otros, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado; el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Cochabamba, dictó sentencia absolutoria a su favor, exonerándolo de toda culpa y condenando a los otros coacusados.

En merito a la referida Sentencia absolutoria, que además determinó la cancelación de todas las medidas cautelares que le fueron impuestas, solicitó mediante varios escritos, la restitución de la fianza de Bs20 000.- (veinte mil bolivianos), ordenada en el proceso, habiendo merecido la siguiente respuesta: “estarse al estado de la causa, a la parte resolutiva de la sentencia y a lo establecido en el art. 249. 2) de la ley 1970”, reiterada por providencia de 8 de septiembre de 2017 dictada en atención del memorial de 6 del mismo mes y año.

La citada Sentencia, no fue apelada en relación a su absolución; por tal razón, adquirió calidad de cosa juzgada, correspondiendo en consecuencia la cancelación de las medidas cautelares impuestas, pues, no resulta lógico que las mismas estén supeditadas a la apelación formulada respecto a los otros coacusados; por lo que, la decisión de negar la devolución de su fianza asumida mediante resoluciones de 8 y 13 de septiembre de 2017, con los argumentos de que la Sentencia no adquirió calidad de cosa juzgada y la fianza no resulta una medida cautelar de carácter personal, se constituyen en arbitrarios y vulneratorios de derechos.