Otras consideraciones
Respecto a la irregularidad en la aprobación de la planimetría de la Urbanización Utama que aduce la parte demandada fue realizada sin competencia ni jurisdicción por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, correspondiendo su tratamiento y aprobación por el Gobierno Autónomo Municipal de Palca, este debió ser reclamado por los demandados ante la instancia competente a través de los mecanismos y recursos administrativos previstos, no siendo esta vía la llamada a constatar la legalidad o no de la misma.
Respecto a la vulneración de los derechos a la vida e integridad física, a la dignidad, a la inviolabilidad de domicilio, a la seguridad personal y a la vida de su hijo menor con discapacidad, la parte accionante no demostró con prueba idónea de qué forma los actos denunciados lesionaron tales derechos, correspondiendo denegar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- Fragmento 6
- i)
- 1.2.3.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- Expediente 23566-2018-48-AAC
- Expediente 23939-2018-48-AAC
- número 9
- Fragmento 28
- Fragmento 29
- Fragmento 30
- Fragmento 31
- Fragmento 32
- Fragmento 33
- Fragmento 34
- III.2.1. Expediente 23566-2018-48-AAC
- Fragmento 36
- al primero de los presupuestos
- segundo de los presupuestos
- Fragmento 39
- primero de los presupuestos
- Otras consideraciones
- denegado
- 2º
- b)
- 3º DENEGAR
