Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.1.
II.1. Cursa estado de cuenta por almacén e ítem de Roberto Rubén Mamani Quispe -ahora accionante-, emitido por el Hospital San Vicente de Paul S.R.L., en el que consta un total de Bs41 794,50.- (cuarenta y un mil setecientos noventa y cuatro con 50/100 bolivianos), consignándose con bolígrafo y lápiz los honorarios de los médicos que sumados al monto señalado dieron un total de Bs68 003.- (sesenta y ocho mil tres bolivianos [fs. 3 a 5]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Sobre la libertad y dignidad de las personas
- De tal forma, se puede afirmar categóricamente que el derecho a la dignidad humana es aquel que tiene toda persona por su sola condición de 'humano', para que se la respete y reconozca como un ser dotado de un fin propio, y no como un medio para la consecución de fines extraños, o ajenos a su realización personal
- Fragmento 12
- III.2. Retención de pacientes en los centros hospitalarios
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR