Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.1.
II.1. El 9 de julio de 2016, en instalaciones del Distrito Policial 4 de La Paz, en presencia del investigador asignado al caso, el accionante entregó Bs200.- (doscientos bolivianos) al denunciante, resarciendo así el daño civil causado, por lo que de forma voluntaria, este último renunció a cualquier acción judicial y/o extrajudicial que por derecho le corresponda, con relación al hecho que se endilga (fs. 8 Anexo 1).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III.
- celeridad
- Fragmento 18
- III.2. Cesación de la detención preventiva y la celeridad en su tramitación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- CONCEDER