Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
III.
El accionante alega la lesión de su derecho a la libertad, ya que al haber solicitado en reiteradas oportunidades se aplique procedimiento abreviado, el Fiscal de Materia demandado no le concedió, y al encontrarse detenido preventivamente pidió la cesación de esa medida; sin embargo, la Jueza demandada no emitió resolución en el plazo establecido, por falta de notificación a la víctima, sin tomar en cuenta que este abandonó el proceso; además, ordenó su comunicación por edicto, disponiendo que sea el Ministerio Público quien realice la publicación; sin considerar que la autorización para el uso de recursos de dicha institución tiene una tramitación prolongada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III.
- celeridad
- Fragmento 18
- III.2. Cesación de la detención preventiva y la celeridad en su tramitación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- CONCEDER