Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.9.
II.9. Cursa representación emitida por el Oficial de Diligencias de la Central de Notificaciones e informe de la Auxiliar del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de La Paz; en la primera, se establece que la víctima del proceso penal de referencia, no pudo ser habida en el domicilio señalado; y el segundo, que el Ministerio Público no adjuntó el croquis del domicilio del nombrado, pese a lo ordenado por la Jueza demandada (fs. 154 y 156 Anexo 1).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III.
- celeridad
- Fragmento 18
- III.2. Cesación de la detención preventiva y la celeridad en su tramitación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- CONCEDER