SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0693/2018-S3
Fecha: 05-Nov-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes a través de sus representantes alegaron como lesionado su derecho al debido proceso, “a la legalidad”, dignidad, persecución indebida, puesto que paralelamente al proceso penal que investigan contra Freddy Antonio Valda Revilla -funcionario policial demandado-, en su condición de Fiscales de Materia fueron denunciados por la supuesta comisión de delitos de corrupción por el prenombrado, a través de los medios de comunicación; fueron víctimas de acoso y hostigamiento, con amenazas de detención y aprehensión, sin que exista una denuncia formal en su contra ante una autoridad competente, dicha omisión de denuncia por parte del referido funcionario policial se constituye en incumplimiento de deberes.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe del funcionario policial demandado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcance de la acción de libertad
- Fragmento 11
- III.2. Presupuestos para la activación de la acción de libertad ante persecución indebida
- conducta que implica una manifiesta y evidente persecución, acoso, búsqueda u hostigamiento, sin que exista una justa causa fundada en derecho, destinada a suprimir, restringir, perturbar o limitar el derecho a la libertad física, la vida o algún otro derecho estrictamente vinculado a éstos dos últimos;
- se concluye que la persecución ilegal o indebida como presupuesto de activación de la acción de libertad, comprende a su vez, dos supuestos, el primero referido al hostigamiento sin motivo legal, ni orden de privación de libertad física y/o de locomoción emitida por autoridad competente; y el segundo relativo a las órdenes de restricción de libertad al margen de los casos previstos por ley y sin cumplir con los requisitos y formalidades legales exigidas
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR