Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
…6. A acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva”
La SCP 1015/2017-S2 de 25 de septiembre, haciendo referencia a la SCP 0155/2017-S2 de 6 de marzo, señaló: [«Al respecto, el derecho a la información se halla previsto en el Capítulo Tercero de la Norma Suprema, referido a los derechos civiles y políticos, que en su art. 21 refiere que las bolivianas y los bolivianos tienen los siguientes derechos: “…6. A acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva”
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- …6. A acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva”
- forma parte del derecho a la libre expresión e implica la facultad de toda persona a solicitar información de las instituciones públicas,
- el derecho a la información implica un conjunto de derechos, entre los que se encuentran el derecho a conocer hechos, que supone el amplio acceso a la información,
- …debe tenerse presente que, el derecho de petición se encuentra en directa relación con el derecho de acceso a la información, de donde podemos concluir que la negativa a la solicitud oral o escrita-sea requiriendo copias, informes, certificaciones u otros análogos, constituye un límite del libre acceso a la información.
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR