Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 01/18 de 2 de mayo de 2018, cursante de fs. 103 a 107 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Decimocuarto de la Capital del departamento de
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- …6. A acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva”
- forma parte del derecho a la libre expresión e implica la facultad de toda persona a solicitar información de las instituciones públicas,
- el derecho a la información implica un conjunto de derechos, entre los que se encuentran el derecho a conocer hechos, que supone el amplio acceso a la información,
- …debe tenerse presente que, el derecho de petición se encuentra en directa relación con el derecho de acceso a la información, de donde podemos concluir que la negativa a la solicitud oral o escrita-sea requiriendo copias, informes, certificaciones u otros análogos, constituye un límite del libre acceso a la información.
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR