Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.4.
II.4. A través de Nota OF.INT.C.M.L.G. 031/2018-NG de 9 de febrero, Ronald Jorge Figueroa Nogales, Presidente de dicho Concejo Municipal de La Guardia, respondió a las referidas solicitudes, señalando que no era procedente, toda vez que, las Ordenanzas Municipales exigidas se encuentran abrogadas por Ley Autonómica Municipal 093 de explotación, aprovechamiento y manejo de áridos y agregados, adjuntando fotocopia simple de la misma (fs. 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- …6. A acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva”
- forma parte del derecho a la libre expresión e implica la facultad de toda persona a solicitar información de las instituciones públicas,
- el derecho a la información implica un conjunto de derechos, entre los que se encuentran el derecho a conocer hechos, que supone el amplio acceso a la información,
- …debe tenerse presente que, el derecho de petición se encuentra en directa relación con el derecho de acceso a la información, de donde podemos concluir que la negativa a la solicitud oral o escrita-sea requiriendo copias, informes, certificaciones u otros análogos, constituye un límite del libre acceso a la información.
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR