SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2018-S3

Fecha: 07-Nov-2018

el derecho a la información implica un conjunto de derechos, entre los que se encuentran el derecho a conocer hechos, que supone el amplio acceso a la información,

Por su parte, la SC 0788/2011-R de 30 de mayo expresó lo siguiente: «…abarca la prerrogativa de dar y recibir noticias sin restricciones previas, sin control total y sin limitación de fronteras, el derecho a la información implica un conjunto de derechos, entre los que se encuentran el derecho a conocer hechos, que supone el amplio acceso a la información, el derecho a los juicios, que supone la posibilidad de emitir una valoración sobre los mismos, el derecho a comunicar libremente, que significa la libre transmisión de los hechos, ideas y criterios a más de juicios de valor, el derecho a la discusión pública, o sea, la posibilidad de amplio debate de ideas. El derecho a ser informado, por su parte, abarca la posibilidad de recibir datos, escuchar criterios, relatos de hechos, discusiones, etc. Son sujetos del derecho a la información en su dimensión activa, los medios de comunicación social; las personas individuales; en general grupos sociales de cualquier naturaleza; y sujetos pasivos, las personas individuales o grupos colectivos».

Asimismo, la SCP 1512/2013 de 30 de agosto, expresó lo siguiente: «toda persona tiene la facultad de solicitar información de carácter público; es decir, podrá recurrir ante la institución o entidad que posea los datos o información que solicite o requiera, debiendo los funcionarios a cargo de la misma, proporcionarla como una forma de resguardar la transparencia, legalidad, eficiencia y eficacia de sus actos, salvo que dicha información no le sea permitido brindar por la confidencialidad que deba guardar en protección de otros derechos o valores, como ejemplo, que pueden afectar a menores de edad, intimidad y privacidad personal o familiar».