SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2018-S1
Fecha: 09-Nov-2018
Fragmento 22
En el contexto de antecedentes referido, se evidencia que el presente caso tiene particularidades que deben ser consideradas a momento de resolver el problema jurídico planteado, a objeto de precautelar el interés superior del menor de edad AA, representado por su madre Yarif Asin Peralta, así se tiene que no existe una resolución judicial que determine la guarda del menor, ni a favor de la nombrada, ni a la de los esposos Reyes Peralta, ahora codemandados, y al contrario de ello, existen dos Resoluciones emitidas, ambas el 28 de agosto de 2018, que son contradictorias entre sí, una emitida por el Juez Público de la Niñez y Adolescencia y de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero de Riberalta del departamento de Beni que dispone la restitución del menor a su familia sustitutiva -Yasmani Asin Peralta y su esposa- y la otra emitida por el codemandado Juan Walter Rimba Alvis, Juez Público Civil y Comercial y de Familia Primero de Riberalta del indicado departamento, en suplencia legal de su similar Tercero disponiendo la asignación del menor a los esposos Reyes Peralta como medida de protección hasta que en resolución final se disponga la tenencia definitiva; ahora bien, conforme a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, si una problemática, en la cual esté comprometida la libertad de un menor de edad, tiene aspectos controvertidos que requieren producción de prueba pero además ya es de conocimiento de la jurisdicción ordinaria, corresponde a la misma, por las particularidades del caso, disponer lo que en derecho corresponda, ello para evitar duplicidad de fallo, pero por sobre todo considerando la protección del menor involucrado, como ocurre en el presente caso conforme se explica a continuación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.2. La separación del núcleo familiar en función del interés superior del niño
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- CONFIRMAR