SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2018-S2
Fecha: 26-Nov-2018
II.2.
II.2. Previa presentación del recurso de apelación incidental, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora demandados- emitieron el Auto de Vista 001/2018 de 19 de enero, por el que se dejó sin efecto el Auto de concesión de apelación de 24 de abril de 2017, porque la apelación incidental contra la resolución que resuelve la excepción de extinción de acción por prescripción en etapa de juicio oral, debe ser concedida en el efecto diferido, sin afectar los principios que regulan el juicio oral; por lo que, sin ingresar en el fondo de la apelación y en vía de saneamiento procesal, ordena que la Jueza de la causa regularice procedimiento, conforme a los fundamentos expuestos en dicha resolución (fs. 16 a 18 vta.).
- acción de amparo constitucional
- Auto Interlocutorio 41/2017
- Auto de Vista 001/2018 de 19 de enero
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- III.2. De la
- Fragmento 14
- arbitrariedad
- III.3. De la apelación incidental contra la resolución que estima la excepción de extinción de acción penal en etapa de juicio oral
- si el Tribunal opta por la primera alternativa, deberá definir la situación declarando probada o rechazando la excepción
- Auto de Vista 001/2018
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)
- en el juicio en un solo acto, salvo que el tribunal resuelva hacerlo en sentencia,
- la resolución de las excepciones en la audiencia de juicio oral o en sentencia es una facultad potestativa del tribunal
- el segundo caso, es decir, cuando se rechace la excepción planteada, y se causa agravio, las partes deberán reservarse el derecho de plantear la apelación o recurrir de la decisión adoptada, junto con la sentencia, a través de la apelación restringida, debido a las siguientes razones de orden procesal
- efecto suspensivo,
- no serán susceptibles de recurso alguno.
- 2.
- efectivo y objetivo
- todas las decisiones sobre los incidentes, incluidas las excepciones, que se presenten en el juicio, sean plasmadas en sentencia
- sus protestas de recurrir;
- constatar con absoluta certeza si el derecho objeto de protección se encuentra efectivamente amenazado o vulnerado, puesto que si los actos denunciados de ilegales ciertamente no conculcaron o no se constituyen en una verdadera afrenta al derecho fundamental, cuya tutela se pretende, este no adquiere relevancia alguna ante la jurisdicción constitucional