Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2018-S1
Fecha: 28-Nov-2018
II.2.
II.2. Por memorial de 27 de junio de 2016, la Mutualidad del Poder Judicial y el Ministerio Público, interpuso demanda ejecutiva contra la prestataria Miriam Rosell Terrazas y los coejecutados Erwin Jiménez Paredes y Dalia Pedraza Ortiz, a efecto de hacer efectivo el cumplimiento de la obligación por un monto de $us4 580, 01.- (Cuatro mil quinientos ochenta 01/100 Dólares estadounidenses) “…por una parte y por otra los intereses corrientes, penales, etc., a liquidarse a momento de la ejecución efectiva…” (sic), costas y costos procesales y multas, declarando probada la demanda, y la emisión del Auto Intimatorio de Pago, entre otros (fs. 100 a 101 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2.
- el valor justicia,
- b.1)
- b.2)
- Fragmento 20
- b.3)
- este principio delimita el contenido de las resoluciones que deben pronunciarse en concordancia con el sentido y alcance de las peticiones formuladas por las partes
- III.3.
- i)
- CONFIRMAR en parte