Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.8.
II.8. La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia señalado en cumplimiento a la Resolución citada anteriormente emitió el Auto de Vista 201/2018 de 29 de junio, que revocó en parte el Auto Interlocutorio 081/2018; y, al concurrir los presupuestos contenidos en los arts. 233.1 y 2, 234.4 y 10; y, 235.2 en el CPP, dispuso la detención preventiva del solicitante de tutela en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz (fs. 30 a 33).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- De lo contrario la acción carecería de falta de legitimación pasiva; es decir, en la no coincidencia o correspondencia entre la persona, autoridad o funcionario contra quien se interpuso la acción de defensa de derechos fundamentales, con quien efectivamente causó la supuesta lesión a derechos que se denuncia y que motiva la interposición de la misma
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR