Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.9.
II.9. Mediante memorial presentado el 1 de agosto de 2018, ante la Sala precitada, el peticionante de tutela solicitó explicación y complementación del Auto de Vista aludido en la Conclusión anterior y por Auto Interlocutorio de 2 del mismo mes y año, se declaró no ha lugar lo solicitado (fs. 34 a 36).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- De lo contrario la acción carecería de falta de legitimación pasiva; es decir, en la no coincidencia o correspondencia entre la persona, autoridad o funcionario contra quien se interpuso la acción de defensa de derechos fundamentales, con quien efectivamente causó la supuesta lesión a derechos que se denuncia y que motiva la interposición de la misma
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR