SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2018-S1

Fecha: 28-Nov-2018

II.5.

II.5.  Por su parte, la autoridad ahora demandada, ante la interposición del referido recurso, emitió el Auto de Observación de 3 de abril de 2018 en el que determinó el incumplimiento del art. 198.I inc. b) del CTB, que dispone que el presentante deberá adjuntar o referir al original o fotocopia legalizada de los documentos respaldatorios de la personería de la empresa recurrente, concediendo el plazo de cinco días para subsanar dicha observación conforme lo establecido en el parágrafo III del citado art. 198 de la normativa anteriormente mencionada; Auto que fue notificado a los representantes de la empresa ahora accionante, el 4 del señalado mes y año (fs. 313 y 314).