Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2018-S4
Fecha: 20-Nov-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 216/2018 de 6 de junio, cursante de fs. 101 a 104 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Juan Marcelo Paredes Moreira contra Ana María Villa Gómez Oña, Víctor Luis Guaqui Condori, ambos Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, y Felix Orlando Rojas Alcón, Juez de Instrucción Penal Octavo del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.
- la interpretación de la legalidad infra constitucional le corresponde a los tribunales de justicia y no a la justicia constitucional; sin embargo, ante la existencia de violación de derechos y garantías previstos en la Norma Suprema, excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela.
- a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.2. Motivación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR