Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2018-S4
Fecha: 20-Nov-2018
II.
II.2. Por Resolución 110/2017 de 9 de mayo, emitida por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, se declaró la admisibilidad del recurso de apelación incidental interpuesto por la parte acusada y determinó la Improcedencia de las cuestiones planteadas, confirmando en el fondo la Resolución 125/2016 de 8 de marzo. (fs.33 a 38 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.
- la interpretación de la legalidad infra constitucional le corresponde a los tribunales de justicia y no a la justicia constitucional; sin embargo, ante la existencia de violación de derechos y garantías previstos en la Norma Suprema, excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela.
- a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.2. Motivación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR