SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0813/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0813/2018-S4

Fecha: 26-Nov-2018

Fragmento 20

               En la problemática que se examina, es preciso aclarar los actos ilegales que hubiera cometido el Juez de Instrucción Penal Quinto del departamento de La Paz, la decisión que asumió a través del Auto Interlocutorio 267/2016, que declaró infundadas las excepciones de extinción de la acción penal que formuló el accionante, fueron objeto de apelación y consideración por el Tribunal de azada ‒ahora codemandado‒, y todos los aspectos reclamados al respecto fueron considerados y resueltos a través del Auto de Vista 269/2017 (Conclusión II.3); en consecuencia, no corresponde ingresar al análisis de fondo sobre las actuaciones cuestionadas del Juez a quo; en razón a el principio de subsidiariedad que rige la acción de amparo constitucional, donde las partes están obligadas a agotar todos los mecanismos de impugnación intraprocesales antes de activar la jurisdicción constitucional, restringiéndose ésta a precautelar el respeto y vigencia de los derechos y garantías constitucionales en las actuaciones y resoluciones judiciales de las autoridades demandadas emitidas en última instancia en sede ordinaria; por tanto, corresponde denegar la tutela, sin ingresar al fondo de la problemática respecto de las alegaciones sobre las actuaciones de la autoridad mencionada.