Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0470/2018-RCA
Fecha: 07-Dic-2018
I.5. Síntesis de la impugnación
Refieren que, la respuesta a su solicitud de fotocopias legalizadas de la documentación respecto a la orden de destino a la reserva activa como el pase al servicio pasivo, entre otras, mediante nota Depto. I ADM. RR.HH. SASJUR 283/2018, es considerada incorrecta, ilegal e incongruente, al aplicar el art. 98 de la LOFA, debido a que reitera la relación de los hechos y culmina señalando que la acción de defensa cumple a cabalidad con lo estipulado en el art. 128 de la Norma Suprema.
- Fragmento 1
- a)
- Fragmento 3
- i)
- improcedente
- I.5. Síntesis de la impugnación
- Fragmento 7
- II.1. Marco normativo constitucional
- II.2. Del derecho de petición
- d) se haya exigido la respuesta y agotado las vías o instancias idóneas de esa petición ante la autoridad recurrida y no existan otras vías para lograr la pretensión’
- corresponde señalar que dicho requisito es exigible cuando dichos medios de impugnación estén previstos expresamente en el ordenamiento jurídico con dicho objetivo, es decir, resguardar el derecho de petición; a contrario sensu, no será exigible cuando no existan esos medios;
- derecho de petición
- Fragmento 13
- II.3. Análisis del caso concreto