Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0517/2018-RCA
Fecha: 28-Dic-2018
Fragmento 1
En revisión la Resolución 16/18 de 6 de diciembre de 2018, cursante de fs. 76 a 77, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Pacheco Rada, Bernardina Pérez Peña vda. de Flores, Graciela Villegas Duchen de Solano, María Milagros Antonieta Jiménez Olmos de Ruiz, María Leonor Castro de Tapia; e, Isabel Judith Franco de Gonzales contra Luis Antonio Revilla Herrero, Alcalde; Pedro Roberto Susz Khol, Presidente del Concejo; Oscar Manuel Sogliano Helguero, Subalcalde del Macrodistrito V, zona Sur, todos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- improcedente
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- 2°