Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0517/2018-RCA
Fecha: 28-Dic-2018
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
Estiman lesionados sus derechos a la vida, a un hábitat y vivienda adecuada, a la propiedad privada individual y a una indemnización justa, a tener una vejez digna y con calidad humana; citando al efecto los arts. 15.I, 19.I, 56.I y II, 57, 67.I de la CPE; y, 11.1 y 21.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- improcedente
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- 2°