Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado, manifiesta su desacuerdo con los fundamentos y la determinación asumida en la DCP 0098/2018 de 12 de diciembre, en razón al reconocimiento de derechos y la designación de personas con discapacidad del proyecto de Carta Orgánic
Fecha: 12-Dic-2018
Voto Disidente
Por consiguiente, en razón a los fundamentos jurídicos expuestos, expreso discrepancia sobre los puntos desarrollados en el presente Voto Disidente con relación a la DCP 0098/2018 de 12 de diciembre; por cuanto correspondía declarar incompatible el reconocimiento de derechos y el inadecuado uso del término “personas con habilidades diferentes” en los análisis precisados, conforme a los fundamentos expuestos.
- I. ANTECEDENTES
- II.1 Sobre el reconocimiento de derechos en normas institucionales básicas
- II.2 Sobre la denominación de personas con discapacidad
- III.1 Sobre el reconocimiento de derechos en normas institucionales básicas
- III.2 Sobre la denominación de personas con discapacidad
- la voluntad del constituyente
- a)
- personas con discapacidad
- Voto Disidente