ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0866/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0866/2018-S2

Fecha: 20-Dic-2018

1)

Fátima Norma Rivera Fernández, Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal Primera de La Guardia del departamento de Santa Cruz, por informe escrito presentado el 30 de enero de 2018, cursante a fs. 12 y vta., solicitó se deniegue la tutela con los siguientes argumentos: 1) En audiencia cautelar de 15 de igual mes y año, el imputado, ahora accionante, interpuso los incidentes aprehensión ilegal y nulidad de la imputación, que fueron contestadas por el Ministerio Público y por la parte civil, siendo resuelto por Auto fundamentado de rechazo; 2) El incidente fue rechazado porque en el Informe de Acción Directa de 14 de enero del referido año, de horas 16:00, constaba que los funcionarios policiales, se constituyeron en el lugar de los hechos donde encontraron sin vida el cuerpo de la víctima, secuestraron el arma y aprehendieron al imputado, quien luego fue puesto a disposición del representante del Ministerio Público; y posteriormente, ante la autoridad jurisdiccional competente en el plazo de veinticuatro horas; por consiguiente, se presentó la imputación formulada por el representante del Ministerio Público, cumpliendo con lo regulado en los arts. 225 y 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP); 3) En razón a la concurrencia de la probabilidad de autoría en el ilícito penal de feminicidio y no habiendo desvirtuado los riesgos procesales de “…actividad lícita y domicilio conocido…” (sic) y otros elementos evaluados por la sana crítica del juez, se determinó la detención preventiva del impetrante de tutela; y, 4) Ante la emisión de la Resolución de 19 del indicado mes y año, la defensa técnica del demandante de tutela planteó apelación incidental que está pendiente de resolución, concurriendo por ello, el principio de subsidiariedad.