Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0866/2018-S2
Fecha: 20-Dic-2018
II.6.
II.6. En mérito a la solicitud de documentación complementaria e informe, por oficio 1148/2018 de 20 de agosto, la Jueza demandada, manifestó: 1) El demandante de tutela, se encuentra en libertad -por mandamiento de libertad de 19 de abril de 2018- bajo medidas sustitutivas de detención domiciliaria de 21:00 a 6:00, sin escolta con la posibilidad que ejerza su derecho al trabajo; arraigo y presentación semanal al Ministerio Público; y, 2) Por Auto de 20 de julio del aludido año, se amplió el plazo de la etapa preparatoria a solicitud del Fiscal de Materia asignado al caso (fs. 75).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- i)
- a)
- III.1. Activación de la acción de libertad, previo reclamo ante la autoridad judicial que ejerce el control de la investigación, sin necesidad de agotar el recurso de apelación
- apelación
- III.2. Las obligaciones del Estado ante la violencia en razón de género
- actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer
- III.3. Facultad de la Policía Boliviana para la aprehensión
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso en concreto
- Fragmento 19
- MAGISTRADA
- Fragmento 21