Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2018-S3
Fecha: 27-Dic-2018
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Edilfredo Miranda Balda y María Elena Miranda Valda -ahora accionantes- por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, se emitió imputación formal y solicitó la aplicación de medidas cautelares de carácter personal, presentada el 16 de febrero de 2018, ante el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra Violencia hacia las Mujeres Cuarta de la Capital del departamento de La Paz (fs. 95 a 97 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- procedencia
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones, y el principio de congruencia
- III.2. Sobre el principio o test de proporcionalidad en la aplicación de la detención preventiva
- La aplicación de medidas cautelares establecidas en este Código será excepcional. Cuando exista duda en la aplicación de una medida cautelar o de otras disposiciones que restrinjan derechos o facultades del imputado, deberá estarse a lo que sea más favorable a éste
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR