SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2018-S3

Fecha: 20-Dic-2018

Fragmento 14

           La SCP 0751/2015-S2 de 8 de julio, estableció respecto de los trabajadores progenitores de hijos menores a un año: “El derecho al trabajo es el derecho fundamental humano por el que toda persona tiene derecho de acceso y libre elección del mismo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo, sin discriminación, con igualdad salarial, remuneración digna, protección social y derecho de sindicación. Este trabajo se reconoce en las normas internacionales de Derechos Humanos como son la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales así como en las normas constitucionales internas de cada país. Así, en nuestra Constitución Política del Estado, se encuentra reconocido y consagrado por el art. 46 y ss.; por ello, dada su relevancia constitucional, ante la vulneración o lesión del mismo, el trabajador puede realizar su reclamo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a través de sus jefaturas departamentales para que le otorgue la protección que requiere ante un acto arbitrario e ilegal por parte del empleador, instancia que resolverá en caso de ser evidente el retiro, su reincorporación a través de una conminatoria para que el empleador o empleadora la ejecute inmediatamente…”.