Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2018-S3
Fecha: 20-Dic-2018
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante alegó como lesionados sus derechos al trabajo, a la inamovilidad laboral, a la defensa, al debido proceso, a la vida, a la salud y alimentación, al reconocimiento de su personalidad, capacidad y dignidad, a la seguridad social y a las asignaciones familiares, señalando al efecto los arts. 14.I y II, 15.I, 16.I y II, 18, 45, 46, 48.VI, 115 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE); 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); y, 4 y 17 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario
- solidaridad
- normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores
- Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad
- Fragmento 14
- Principio de irrenunciabilidad de derechos
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte