SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2018-S2
Fecha: 04-Dic-2018
III.2. Análisis del caso concreto
De la revisión de los antecedentes, se colige que mediante Auto Inicial de 26 de mayo de 2017, se abrió un proceso interno administrativo contra el impetrante de tutela, por supuestos indicios y contravenciones al Reglamento Interno de Trabajo de la CNS, por incumplimiento a las obligaciones señaladas en el art. 61 incs. a), b), c), g), h), e); e, i) y de las prohibiciones indicadas en el art. 74 incs. e), q) y s) del citado Reglamento, concordante con los arts. 28 y 29 de la LACG, por irregularidades en el desempeño de sus funciones al presentarse a su fuente de trabajo en estado de embriaguez y abandono del mismo, sin causa justificada; proceso en el cual, se emitió la Resolución Sumarial RC-AS 12/2017 de 27 de junio, estableciéndose responsabilidad administrativa e imponiéndole la sanción de destitución sin goce de beneficios sociales, solo quinquenios consolidados; determinación, que fue ratificada por las Resoluciones de los Recursos de Revocatoria RC-AS 4/2017 de 1 de agosto y Jerárquico 03 de 25 de enero de 2018.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- en la audiencia de la acción tutelar aclara y puntualiza, que solo pide el pago de todos los beneficios sociales y no la reincorporación a su fuente laboral, por lo que en definitiva a través de la presente acción de defensa,
- pretende que la jurisdicción constitucional disponga el pago de beneficios sociales en su favor, situación que no es posible; en razón, de que el trabajador tiene la vía judicial a la cual puede acudir
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO