Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2018-S3
Fecha: 03-Dic-2018
III.2. La fundamentación y motivación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
En cuanto al debido proceso, el razonamiento doctrinal, de manera uniforme señaló, que se refiere al derecho que tiene toda persona, a un proceso justo y equitativo, en el que los órganos e instancias encargadas de resolver las peticiones o controversias, acomoden sus actuaciones y decisiones a las disposiciones normativas. En este último caso, cobra especial importancia, el derecho a una resolución debidamente fundamentada y motivada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.2. La fundamentación y motivación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- 1) Fundamentar un acto o una resolución
- fundamentación y motivación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- III.3. La solicitud de valoración de la prueba en la jurisdicción constitucional
- Por tanto