SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2018-S2

Fecha: 10-Dic-2018

i)

En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos denunciados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada; desarrollando para ello, los siguientes temas: i) El deber constitucional de asistencia familiar y la prevalencia del derecho substancial; ii) Los requisitos para la restricción del derecho a la libertad física o personal en materia familiar; iii) Del derecho a la inviolabilidad de domicilio y la autorización de allanamiento para el cumplimiento de la obligación de asistencia familiar; iv) De la modulación de la jurisprudencia constitucional respecto a la ejecución de mandamientos de apremio durante la vacación judicial colectiva; y, v) Análisis del caso concreto. 

I.         La asistencia familiar es un derecho y una obligación de las familias y comprende los recursos que garantizan lo indispensable para la alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta; surge ante la necesidad manifiesta de los miembros de las familias y el incumplimiento de quien debe otorgarla conforme a sus posibilidades y es exigible judicialmente cuando no se la presta voluntariamente; se priorizará el interés superior de niñas, niños y adolescentes.