Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0850/2018-S2
Fecha: 20-Dic-2018
ii)
ii) Que, los Vocales que actualmente conforman la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, una vez notificados con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, fijen inmediatamente nueva fecha y hora de audiencia de consideración de apelación, tomando en cuenta los fundamentos desarrollados en la misma; salvo que la indicada audiencia ya se hubiera llevado a cabo; y,
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades judiciales demandadas
- concedió
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1. El derecho a la defensa técnica en las audiencias de medidas cautelares
- contar con un tiempo razonable para preparar la defensa; a la comunicación privada con su defensor
- Fragmento 17
- III.2.
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER
- ii)
- derecho a la defensa
- Fragmento 23
- defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección