Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2018-S4
Fecha: 20-Dic-2018
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 24 de agosto de 2017, Hugo Juan Iquise Saca y Sigfrido Soleto Gualoa, interpusieron excepción de falta de acción alegando la existencia de un impedimento legal para proseguir la acción penal iniciada en su contra, así como la figura de la sustracción de materia señalando que el objeto de la pretensión penal desapareció en virtud de haberse depurado en la vía constitucional los hechos que motivaron la denuncia, tomando en cuenta que la resolución atacada de ilegal y que era fuente del delito, resultó estar intacta y vigente, tal como dispuso la SCP 108/2016 de 29 de enero (fs. 79 a 81 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR